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Reclamaciones bancarias: usura, tarjetas revolving y microcréditos

Casi todas las personas que nos consultan por deudas tienen préstamos personales, tarjetas o microcréditos. Antes de pagar, de negociar o de pedir la exoneración, conviene revisar esos contratos: si el interés es usurario, la ley obliga a devolver solo el dinero recibido, sin intereses ni comisiones.

Por qué lo revisamos junto a tu concurso o tu segunda oportunidad

Somos un despacho especializado en derecho concursal y Ley de Segunda Oportunidad. Cuando estudiamos tu situación, revisamos también los contratos de préstamo y de tarjeta. Si alguno tiene un interés usurario o cláusulas abusivas, lo tenemos en cuenta antes de decidir la estrategia, porque puede cambiar cuánto debes realmente.

Qué contratos revisamos

  • Tarjetas revolving: tarjetas con pago aplazado en cuotas bajas, en las que la deuda se renueva y apenas baja.
  • Microcréditos y minicréditos online: préstamos rápidos de poco importe y plazo corto, a menudo con TAE de tres o cuatro cifras.
  • Préstamos personales al consumo.
  • Deudas compradas por fondos de inversión, que después las reclaman en el juzgado.

Qué dice la ley

La Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios (la conocida como Ley Azcárate) sigue vigente. Su artículo 1 declara nulo el préstamo con «un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso». Su artículo 3 fija la consecuencia: el prestatario solo tiene que devolver la suma recibida, y si ya ha pagado más que el capital, el prestamista le devuelve la diferencia.

El Tribunal Supremo ha concretado cómo se aplica:

  • Con qué se compara. El interés del contrato se compara con el tipo medio que publica el Banco de España para ese tipo concreto de operación, en la fecha en que se firmó (STS 149/2020, de 4 de marzo).
  • Tarjetas revolving. El interés es usurario cuando supera en más de 6 puntos porcentuales el tipo medio de mercado (STS 258/2023, de 15 de febrero).
  • Transparencia. Aunque el interés no llegue a ser usurario, la cláusula puede ser nula si no se explicó con claridad cómo funciona el sistema revolving y cuánto cuesta (SSTS 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero).

Si tu deuda es hipotecaria, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desarrollado una doctrina propia sobre cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria (vencimiento anticipado, intereses de demora, cláusula suelo). La resumimos en Cláusulas abusivas en la ejecución hipotecaria: la doctrina del TJUE.

Casos recientes del despacho

Microcrédito al 3.154 %: el fondo solo recupera el capital. Una consumidora navarra pidió un microcrédito online de 950 euros a devolver en 30 días, con una TAE final del 3.154,70 %. La financiera cedió la deuda a un fondo dentro de una cartera de 9.675 créditos, y el fondo la demandó por 1.995 euros. La defendimos alegando la usura. El Tribunal de Instancia de Pamplona comparó esa TAE con el tipo medio del Banco de España para préstamos al consumo de menos de un año (3,3698 % en enero de 2022): la multiplicaba por 854,98. Declaró el contrato nulo y la condenó a devolver solo los 950 euros de capital, sin intereses ni comisiones (Sentencia 385/2026, de 2 de septiembre, firme). Noticia en Noticias de Navarra

Préstamo personal: demanda del fondo desestimada. Un fondo reclamaba a un cliente el saldo de un préstamo personal de hace más de una década. El juzgado desestimó íntegramente la demanda porque la deuda estaba prescrita e impuso las costas al fondo. Además, señaló que el interés del préstamo habría sido usurario.

Ver más casos de éxito

Si te reclama un fondo de inversión

Que un fondo haya comprado tu deuda no impide alegar la usura. El contrato sigue siendo el mismo, y en el caso anterior el juzgado aplicó la Ley de Usura frente al fondo igual que lo habría hecho frente a la financiera original. Además de la usura, revisamos si la deuda está prescrita: los fondos compran a menudo deudas muy antiguas. Si recibes una reclamación judicial, los plazos para oponerte son cortos: consúltanos en cuanto te llegue.

Cómo trabajamos

  1. Revisamos tu documentación: contratos, extractos y cualquier reclamación que hayas recibido.
  2. Calculamos la TAE de cada contrato y la comparamos con el tipo medio del Banco de España de su fecha.
  3. Te explicamos las opciones: reclamar a la entidad, oponernos a su reclamación o integrarlo en tu concurso o solicitud de exoneración.
  4. Actuamos: primero con la entidad y, si no hay acuerdo, en el juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si el interés de mi préstamo o tarjeta es usurario?

Hay que comparar la TAE de tu contrato con el tipo medio que publicaba el Banco de España para ese tipo de operación cuando lo firmaste. En tarjetas revolving, el Tribunal Supremo considera usurario el interés que supera ese tipo medio en más de 6 puntos. En otros productos depende del caso.

Si se anula el contrato, ¿tengo que devolver algo?

Sí, el capital que recibiste. Lo que ya hayas pagado se descuenta de ese capital, y si has pagado más de lo que te prestaron, te tienen que devolver la diferencia.

¿Puedo reclamar si estoy en concurso o ya tengo la exoneración?

Se puede estudiar, pero cómo y quién reclama depende de en qué fase esté tu procedimiento. Lo valoramos en cada caso.

Mi deuda la ha comprado un fondo. ¿Cambia algo?

No en lo esencial: se puede alegar la usura igualmente.

¿Me pueden reclamar una deuda de hace muchos años?

Depende de si está prescrita, y eso hay que calcularlo en cada caso según la fecha del contrato, el derecho aplicable y los pagos o reclamaciones que haya habido.

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