Si tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social, el ayuntamiento u otra administración, aquí puedes calcular cuánto podrías cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad y cuánto quedaría por pagar. Es anónimo y los datos no se guardan.
Copia los importes del certificado de deudas o de la última notificación de cada administración. Pon por separado la deuda (cuotas, impuestos, tasas) y los recargos e intereses. Puedes cambiar el nombre de cada administración o dejar en blanco las que no te afecten.
Cómo se calcula: los recargos y los intereses se cancelan por completo. De la deuda, cada administración cancela los primeros 5.000 € y la mitad de lo que pase de esa cifra, con un máximo de 10.000 €. Es el criterio del Tribunal Supremo en sus sentencias de 18 de febrero y de 5 de octubre de 2026.
Lo que quede por pagar suele aplazarse o fraccionarse con cada administración. Este régimen solo se aplica la primera vez que se obtiene la exoneración: en una segunda, las deudas con Hacienda o la Seguridad Social no se cancelan.
¿Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social u otras administraciones? La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar buena parte de ellas. Estudiamos tu caso y te decimos cuánto podrías cancelar de verdad.
Pide cita Haz el test: ¿puedo acogerme?Estimación orientativa según el artículo 489 del texto refundido de la Ley Concursal y el criterio del Tribunal Supremo. No incluye las sanciones, que se estudian aparte, y el resultado final depende de cómo se clasifiquen tus deudas en el procedimiento. Los datos que escribes no se guardan ni se envían.
Tienes la explicación completa en nuestras preguntas frecuentes y en el artículo sobre la exoneración de deudas con la Hacienda Foral de Navarra.